La custodia define quién toma las decisiones importantes sobre sus hijos y con quién viven. En California hay dos tipos y la corte puede darlos a uno o a ambos padres.
Custodia legal y custodia física
La custodia legal es el derecho a tomar decisiones sobre la salud, la escuela y la educación religiosa del menor.
La custodia física define con quién vive el menor la mayor parte del tiempo.
Cada una puede ser compartida (los dos padres) o exclusiva (un solo padre). Al padre que no tiene la custodia física normalmente se le da un horario de visitas.
¿Cómo decide la corte?
El juez decide según el interés superior del menor (Family Code §3011). Mira, entre otras cosas, la salud y seguridad del niño, si ha habido violencia doméstica y el contacto que el menor tiene con cada padre.
Antes de la audiencia, los padres deben ir a una sesión de mediación con un consejero de la corte para intentar llegar a un acuerdo (Family Code §3170).
Hazlo tú mismo
Estos son los pasos generales. Cada corte puede tener requisitos locales, así que revise la página de su corte o visite su centro de ayuda (self-help center), que es gratuito.
- Revise si ya tiene un caso abierto (divorcio o paternidad). Si no lo tiene, primero debe abrir uno: divorcio (FL-100) si están casados, o relación parental (FL-200) si no lo están.
- Llene la solicitud de orden FL-300, el anexo de custodia FL-311 y la declaración FL-105 sobre dónde ha vivido el menor.
- Presente los documentos en la corte de familia de su condado. Le darán fecha de audiencia y de mediación.
- Haga que otra persona mayor de 18 años, que no sea parte del caso, entregue copias al otro padre. Luego presente la prueba de entrega FL-330.
- Vaya a la mediación y a la audiencia con copias de todo.
Formularios oficiales
FL-300Solicitud de ordenFL-311Anexo de custodia y visitasFL-105Declaración bajo la UCCJEAFL-330Prueba de entrega personal
Más información oficial y gratuita en el Centro de Ayuda de las Cortes de California.
¿Prefiere que lo preparemos por usted?
Usted nos dice qué documentos quiere presentar y nosotros los llenamos con su información, en español o en inglés. Usted revisa y firma.
Información general, no asesoría legal. Esta guía explica procedimientos de California en términos generales. No soy abogado y no puedo decirle qué hacer en su caso. Las leyes y los formularios cambian: confirme con la corte o con un abogado autorizado en California. Última revisión: octubre de 2026.
